- Nuclear en su seno a todos los establecimientos industriales del país dedicados a la industrialización y comercialización de productos lácteos, ejerciendo su representación en la defensa de sus derechos y en la protección de sus intereses comunes;
- Representar a los asociados ante los Poderes Públicos, instituciones oficiales, entidades gremiales y entes de derecho público o privado, tanto del país como del exterior;
- Gestionar ante las autoridades nacionales la adopción de medidas tendientes a asegurar la marcha normal y permanente de la industria láctea;
- Colaborar con las autoridades del sector público o privado en el estudio y solución de problemas de cualquier orden que tengan relación con los intereses de los asociados.
- Favorecer cualquier iniciativa, de orden oficial o privado, que redunde en beneficio de la industria láctea;
- Ejercer además, cualquier acto, gestión o diligencia permitidos por las leyes pertinentes y estos Estatutos.